Articulo 22.- Todos los partidos del Campeonato Interno se jugaran bajo la estricta aplicación al Reglamento Interno y reglas de Futsal a nivel internacional establecido anteriormente por la FIFUSA ahora por la (AMF) Asociación Mundial de Fútsal y FIFA.
Articulo 23.- Habrá tolerancia de 10 minutos solamente al primer partido de la fecha y en los cambios de Turno de "A" y "B" que comprende a horas 15:00 pm.
Artículo 24.- Cada equipo está en la obligación de cancelar su respectivo derecho de cancha, antes del inicio del segundo tiempo caso contrario será otorgado Walk-Over técnico aplicándose estrictamente el Reglamento Interno.
Articulo 25.- El equipo "infractor" causante de Walk-Over será sancionado de acuerdo a la ultima determinación con dos (2) marchas del Sindicato a todos los jugadores del equipo infractor sin reclamo alguno, menos al (os) Jugador (es) que se presente a la hora indicada y se registre con el Fiscal de Turno para su constancia. Aclaración, los Jugadores ausentes pagaran su sanción de dos marchas entre todos. (Descuento por planilla).
Artículo 26.- Todos los equipos están en la obligación de presentar en cada inicio del partido un balón reglamentario, caso contrario el equipo infractor perderá
un (1) punto.
Artículo 27.- Solo Delegados Titular, Suplente y Capitán de cada equipo gozan el derecho a voz y voto en las reuniones ordinarias y extraordinarias deportivas caso contrario se harán pasibles a una sanción por infringir la norma.
Articulo 28.- El delegado de mesa y fiscal de turno tiene toda la responsabilidad y obligación de controlar, observar y registrar todas las irregularidades que se presenten en el desarrollo de cada partido y brindar un informe a Secretario de Deportes, al incumplimiento del Delegado de Mesa se sanciona con la pérdida de un punto (1) al equipo que representa de oficio sin reclamo alguno.
Artículo 29.- Para las designaciones de los delegados de
mesa será de manera correlativa según programación de la secretaría de deportes, cumplirán todos los delegados de los diferentes equipos y para fiscal de turno un miembro del Directorio del Sindicato.
Articulo 30.- El jugador u otro que sea el causante de un juego brusco, torpeza violenta, etc. y Con una clara mala intención de causar lesiones graves, bajo un previo
informe responsable y verídico del Árbitro, Delegado de Mesa y Fiscal de Turno, según a posterior veredicto final, esta se hará directo responsable en asumir sus propios actos, caso contrario la secretaría de deportes conjuntamente con los delegados y bajo un previo análisis con la Empresa se tomaran acciones pertinentes.